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~. 29 marzo 1978 7210 CORRECCION da erro"". de la Resolució.. de la DI: reccló.. , Ge..erol de 8... el'lO.."". Medio. sobre autorizacló.. de homologocló.. de las e..sel'lO.."". del 4reo de corwclml....to. téc..ico. y pr4cflco. de la romo de Peluquerla y ~.lt!lic~. - 8062 Advertido error en el texto remitido para su publlcacló~ de la citada Resolución, inserta en el _Boletln Oficial del Estado. número 264, de Cecha 4 de noviembre de 1977, p6gln&8 24212 J 24213, se transcribe a continuació¡> ,la oportuna ractlticaclón: El Centro -Maria y José., de Palma- de Mallorca, figura en el anexo da la mencionada Resolución. autorizado en la pro' fesión de Peluquerla, cuando e~ realidad la autorización como prende la profesión de Peluquerla J tambié~ la profesión de Estética. MINISTERIO DE TRABAJO ORDEN de ?:1 de e..ero de 1f1l8 por la que se I...cribe 'e.. el Registro Oficial o los CooperoUvos que 8063 se crtan. Jlmos. Sres.: Vistos y estudiados los Estatutos sociales de las Cooperativas que a c«?ntinuación se rela9ionan. asi como el informe previo emitido, Esta Dirección General. de acuerdo con lo establecido e~ las disposiciones transitorias de la Ley 52/1974, de 19 de diciembre, y de conformidad con lo d~puesto en los artIculoo 5.·, 7.· Y 8.' de la Ley de Cooperación de 2 de e{lero de 1942 y 27 del Reglamento para su aplicación, de 13 de agosto 'de 1971, ha tenido a bien aprobarlos y disponer SU inscripción en el Registro Oficial de Cooperativas de la Dirección General de Cooperativas y Empresas Comunit~rlas: Cooperat,vas del Campo -Sociedad Cooperativa Salito Nido>. de Olivares del Júcar (Cuenca). _Sociedad Cooperativa San Roque•• d" Lagunilla (SaJamancal. -Sociedad Cooperativa Nuestra SEñora de los Sotoso. de VInuesa (Sarta). -Sociedad Cooperativa de la Unión.. de Mora de Toledo (Toledo). -Sociedad Cooperativa Candelarlao. de' Mocejón IToledo). " Cooperativos de Co.....";,, -SocIedad Coope'r&tiva Comarcal La ·saren... de Campanatio (BadalozJ. ' -Sociedad Cooperativa Nuestra Señora del Buen Suceso.a. Castuera (Badaloz). ' , -SocIedad Cooperativa Estelo, de Barcelona. -Sociedad Cooperativa de Consumo de Albatarrech. de Al· batarrech (LérldaJ. ' -Sociedad Cooperativa de Consumo de AlcanDo de Alcano (Lérldal. ' -Sociedad Cooperativa de a;nsumo de Juneda. de Juneda (LéridaJ. ' -Sociedad Cooperativa AIhaurlna de Consumo« de Alhaurin el Grande (Málagal. ' -Sociedad Cooperativa de Consumo San lsidroo de Cortes de Navarra (Navarra) O. del l.-Num. 75; -Sociedad Cooperativa de Corte y Confección Stella Mari••, de Archldona (Málaga). . -Sociedad Cooperativa Industrial de Corte y Confección S&Il" isidro Labrador., de Cártama estación [Málagal,.Socledad Cooperativa Industrial, de Fouta.nerla La Uni~.. ", de Ronda (M6Iaga). " -Sociedad Cooperativa Instalac!onea EléCtricas Lorcao;· de • Larca (Murcia). . . _Sociedad Cooperativa Comolde .., de Oren". -Sociedad Cooperativa da-Confiterla y Panaderla del Viso.,. del Viso del Alcor (Sevilla!. -Sociedad Cooperativa San José Obreroo;. de Urda (Toledo). -Espiral, S. Coop.•, de Madrid. '. Cooperativa. de Vlvienaas _Sociedad Cooperativa de Viviendas Seguisama-, de SasaIil6 ., [Burgos). _Sociedad Cooperativa de Viviendas Ciudad del Maro, de Beniearló (Castellón). _Sociedad Cooperativa de Viviendas del Pueblo., de Moral de Calatrava (Ciudad Reall. -Sociedad Cooperativa de Viviendas Coopinco., de La Ca. ruda. ' . JSociedad Coope,...tlva de Viviendas Fins... , de Santiago de.. Compostela (La ("-Gruña). -Sociedad Cooperativa de Viviendas Sociales Santa Marina.. de SilIobre-Fene (La C o r u d a ! . , ' -Sociedad Cooperativa de Viviendas Apóstol Santiago-o de Guadalajara. -Sociedad Cooperatlv,a Social de Viviendas Aragonesas•. de~ Huelva. -Sociedad Coopen.tiva de Viviendas San Vicente., de Huesca.· , -Sociedad Cooperativa de Viviendas Ram,ón y Cajal., de '. Madrid. . .Sociedad Cooperativa de Viviendas Nuestra Setlora de la! Concepción•. de Aravaca de la Cruz (Murcia). . -Sociedad Cooperativa de Viviendaá Cidacos.. de Tafalla, (Navarra!. . ' -Sociedad Cooper&tiva de Viviendas 12 de Octubre., de Vigo !Pontevedra) . _Sociedad Cooperativa de Viviendas Fogar, de Breogan•. de Vigo !Pontevedral. -Sociedad . Cooperativa de Viviendas. Santa Bárbar.... de .. Puerto de Bélar (Salamanca). -Sociedad Cooperativa de Viviendas Le. Oudina., de Viligu-' dino (Salamanca). '_Sociedad Cooperativa de Viviendas Besay... , de Los Corrales de Buelna (Santander). .sociedad Cooperativa de' Viviendas Ebro., de Reinosa (San-' !ander!. -Sociedad' Cooperativa de Viviendas Empleados de Cala Rural Grupo 78., de Sevilla. -Sociedad Cooperativa de Viviendas Font. de La Manxao, de" Valls (Tarragona). -Sociedad Cooperativa de, Viviendas El Lentisco., de Sevilla. -Sociedad Cooperativa de Viviendas de Empleados de la Cala . de Ahorros Provincial de Toledo., de Toledo. ' . Lo que comunico a VV. n. para su conocimiento y efectotl.·~ Dios guarde a VV. n. Madrid, 'K1 de enero de 1978.-P. D.. el Subsecretario. Jerónimo Arozamena. ' limos. Sres. Subsecretario y Director general de Cooperativas y Empresas Comwlitarlas. ' I -Sociedad Coop~rativa La Rural., de Quinto de Ebro (Zaragozal. -Sociedad Coóperativa Socialista .Madrlleñao .. de Madrid. Cooperativos de Crédito •Cala Laboral Andaluza,' Sociedad Cooperativa de Crédito>, de Sevilla. Cooperativos lOOustriole, ·Sociedad Cooperatin AlcoP&!., de Alm8r\&' -Sociedad Cooperativa Ledrlllera San Marcos. de Calera de León [BadalozJ. . ' -CoplsterfaX~loc, Sociedad Cooperativa., de Barcelona. 'pCo.trapu, SOCIedad Cooperativa de Transportes PuerloIlanoo d e uerto1lano [Ciudad Reall. ' .Sociedad Cooperativa de Profesores de Auto-Escueia. de La C oruña. . -Artesana de la Madera. Sociedad Cooperativa., de Maracena (Granada). ·Sociedad Cooperativa Hermanos GonzáIezo, de Riotorlo (Lugo). -Sociedad Cooperativa de Est~s y Proyectas, CEYP-. de Madrid. . .Sociedad Cooperativa de Cimentaciones y Estruct'oras. Clmes_. de Málaga. ' 8064 RESOLUCI0N ds la Direcció.. General de Trabajo • por lo que homologo COl> el ..úmero 192 lo bota' de seguridad, modelo P·T5. de close /, presentada por la Empresa -Curtidos Galaicos. (Jesús Ovldio Pérez Ferná1>dez). de MonTorte de Lemas fLugo} • .e Instruido en esta Dirección General de Trabejo eXPedieonte de hom'1logación de la bota de seguridad modelo P-75, clase 1, con arreglo a lo prevenido en la Ordeon de 17 de ¡nayo de 1974, sobre .!.Iomo!bgación de los medios de protección personal de los trabaladores, se ha dietado resolución, en cuya parte disposi. tiva, se establece lo slgul~te. _l.' Homologar la bota de ;eguridad. -modelo P-75, fabrl· ' cada y presentada por la Empresa "Curtidos Galalcos" (Jesús Ovidio' Pérez Fern6ndez), con domlciilo en Monrorte de Lemas i (Lugo), pomo elemE<nto de protección personal de los pies contra.·" riesgos mecinicos, de clase l. . 2.· Cada bota de dicho modelo llevarA en sitio visible un sello inalteraole y que no Erlecte a sus' condiciones téCnicas, ' y de no ser ello posible, Un sello ,adhesivo con las adecuadas condiciones deconslsteJ;lcla y permanencia, con la siguiente" inscripción: "Minisrerio de Trabejo-Homologación 192 de 19-1- . 1978-Bota de seguridad·Clase 1".. ' .. Lo que se hace público para general conoctmíento de conformidad con lo dispuesto en el artlculo 4.· de la Ord~n citada, ,.. ".. ,..IJI!. ,,~ . I.. • B. O. oe} E.-Num. 75 29 marzo l!i78 sObre homologación de los medios de prooocción personal de los trabajadores y norma técnica reglamentaria MT'5, de calzado de seguridad oontra riesgos mecáhicos. aprobada por resolución de 28 de julto de 1975. ' Madrid, 19 de enero de 1978.-EI Director general, José Miguel Prados Terriente. 8065 RESOLUC/ON de la Dirección General de Trabajo por la que se homologa con ,el número 189, la bola' ,de seguridad, marca ,Protección V .E., modelo p. 1I1·B, presentada por la Empr..a ,Protección V·E. Cluan Vigil·Escalera Canosa), de Pola de Siero (Asturias) . Instruido en esta Dirección General de Trabajo expediente de homologación de la bota de seguridad, marca '-Protección V· E., modelo P·el~B. de clase 1, con arreglo a lo prevenido en la Orden de 17 de mayo de 1974. sobre homologación de los medios de protección personal de los trabajadores, se ha dictado resolución, en cuya parte dispositiva se establece 10 siguiente: _l.' HODl\)logar la bota de seguridad, marca "Prol>ección V-E", modelo P-81-B, fabricada y. presentada por la Empresa ....Protección V-E" (Juan VIgll.Escalera Canoaal. con domicilio en Pola de Slero (Asturias), como elemento de protección pero ~onal de los pies contra riesgos mecánloos, de clase 1. ' , 2.· Cada bota de dichos modelo y marca, llevará en a1tlo Tlalble, un sello Inalt&ra<ble y que no afecte a sus condiciones , técnicas, y de no ser ello posible, un sello adhesivo con las adecuadas condiciones de consistencia y permanencia, con la aig"iente inscripción: "Ministerio de TrabaJo·Homologación 189 ;;. de 19-1·78-Bota de seguridad-Clase 1...- 7211 2,' N~tificl!r estl! 1'l!80lución • 1.... representaciones socil!1 y empresanal de la Comlslón Deliberante, haciéndoles 8&ber que de acuerdo con el articulo 14 de la Ley de 11 de diciembre de 1973, por tratarse de resolución homologatorla no cabe recurao alguno contra la misma en via administrativa. 3.' Disponer su publicación en el ,Boletln Oficial del o;:s. tado. y.. su inscripción en el Registro correspondiente. Madrid, 13 de marzo de 1978.-El Director general José Mi. guel Prados Torrlente. ' Comisión Negociadora del 111 Convenio Colectivo para la Em. 'presa Alltalia, y su personal contratado en., Espa.1la. m CONVENIO COLECTIVO lNTERPROVINCIAL DE LA EMPRESA ALITAUA lLlNEAS AEREAS ITALIANAS! Y SU PERSONAL DE TIERRA CAPITULO 1 Obleto del Convenio Articulo 1.' El presente Convenio tiene por objeto mejorar y regular las relaciones laborales existentes entre cAl1t1!. lia· (Linee Aeree ltl!llanel, denominada de aquí en adelante ,Sociedad., de una parte, y el personal contratado en Espada par dicha Sociedad, de otra parte. CAPITULO 11 Ambito de aplicación y vigencia Art. 2.' Este Convenio ae aplicará a todo el personal con· tratadoBll el territorio naclonal eapa.1\ol por la Sociedad, en virtud de un oontrato de empleo o de trabajo. Art. 3.' El presetlte Convenio' entrará en vigor el dia 1 de julio de 1977 y su vigencia será h....ta el 31 de d1clembre de Lo que se hace pl1blico para general conocimiento,'de con· 1978, alendo prorrogable tácitamente de a1io en afto; al en el formidad con lo dispuesto en el articulo 4.' de la Orden citada, plazo' de tres meses anteriores & la fecha de su t.erml!tación eobre homologación de los medios de protección persona! de loa no se solicitara oficialmente su reviaión o reaclsión. trabajadores y norma técnica reglamentaria MT-5 de calzado Art. 4.· El presente Convenio Cllnstituye un todo orgáni· de seguridad contra riesgOS mecánicos, aprobada por resolución 00 y las partea quedan mutuamente vincu!adM .eJ eumpllmien~ de 28 de Jullo de 1975. to de au totalidad. Madrid, 19 de enero de 1978.-El Director general, José Si el Min1sterIo de Trabajo modificara sustancialmente al· Miguel Prados Terriente. glUla cláusula en su actual redacción, la Comialón deliberante deberá reunirse a reoonaiderar estas cláusulas, aIn poder modificar las restantes ni introducir, otru nuevas, salvo que ello sea neceaarlo a la vista de la modificación ordenada por dicho : 8066 RESOLUClON de la Dirección General de Trabajo Mlniaterlo. por la que Se homologa ¡ti 111 Convenio Colectivo Art. 5.· ;En el caso de que dentro de la vigencia del preInterprovincial de 'la Empresa Alitalia (Lineas A~. &ente Convenio fuera aprobada UD Convenio Coléctl.vo gene· rBllB Italianas) )1 sú personal de tierra. ral para el grupo de Compañías aéreas extranjer.... en el terr!· torla nacional y au pereonal contratado en Eapatl.a,el persoVisto el m Convenio Colectivo Interprovincial de, Alitl!lia nal de Alitalla podrá renunciar al Convenio establecido oon (Lineas Aéreu ltallan....) y au personal de tierra; la Sociedad y acogerse al Convenio de Intercompañias si es Resultando que con fecha 21 de febrero del ado en curso de obligado eumpllmlento. , tuvo entrada en este Ministerio el expediente relativo al III Con·' Sin embargo, eerán respetad.... las situaciones de hecho que venio Colectivo Interprovincial para la Empresa Al!talla IUcon el presente Convenio sean más favarables al trabajador, neas Aér..... Itallanasl, con el texto y documentación complebien entendido que oon el tiempo serán oompenaadas las even· m~tarla, al obleto de proceder a su homologación, cuyo Coutuales meloras que puedan ser aportad.... a! Convenio general venlo, que afecta según plantilla al 31 de diciembre de 1977 " ' , en sucesivas renovaciones. ' cin~enta y nueve empleedos, fue suscrito c=.tre las partes neArt. e.· Para la Interpretación y vigilancia' del ,presente gocladoras según comunicación firmada por éstas con fecha 7 Convenio se crea una Comisión mixta. La misma estará Inte· de igual me!l y año. ' grada por dos representantes de la Sociedad y dos de la parConelderando que esla Dirección General es competente para te Social. . resolver lo acordado por las partes en el Convenio Colectivo en Dicha Comisión deberá estar oonstituida en el plazo de - orden a au homologación, as! como en su cas~, disponer su trelntl! dias, a partir de la fecha Y aprobación del Convenio. inscripción en el Registro de la .misma _y publicación a tenor Será Presidente de la, Comlalón mixta el Presidente Naciooal del articulo 14 de la Ley 18/1973, de 19 de diciembre, y 12 de)a del Sindicato de Transportes y Comunicaciones, quien desig· Orden de 21 de enero de 1974; nar! libremente, al Secretario de la Comisión. Considerando que 'no teniendo la Empresa negociadora de este Convenio carácter de sector públicO y tampoco alcanza en CAPITULO III au ámbito de apllcaclón a 500 trabajadores procede au horno·, Organlzaci6n del trabajo logaclón sin ulteriores trámites, con la ealvaguarda, en su de los efectos que determina el Real,. Decreto·ley 43/1977, de 25 Art. 7.' U' organización' del trabajo respetará las normas 'de noviembre" sobre polltlca salarial y empleo, en sus artlcu· legales y lu disposiciones acordadas en el presente Tercer Con· los 5.°-2. en relación con el 6.° y el 7.°; . ~ venio Colectivo, reservándose la Direcclón de la Sociedad la Considerando que las partes ostentaron tanto durante la faorganización técnica y práctica del trabajo en la forma que ae de negociación como de la de suscripción del Convenio ~ estime más oonveniente para el mejor aprovechamiento y fun· lectivo, capacidad representativa legal suficiente habiéndosel.. cionamiento de sus servicios. reconocirlo así mutuamente; Art. 8.' Las Instrucciones de servicio serán comunicadas Considerando que el presente Convenio Colectivo se ajusta por la vla jerárquica, salvo en los casos de reconocida urgen.. los preceptos reguladores oontenldos fundamentalmente ea cia o por motivo,s especiales. Del mlemo modo, todas aquelas disposiciones citadas y de manera especial al citado Real llas peticiones, quejas. o demand.... que el personal desee formu· Decreto-ley 43/77, de 25 de noviembre, sobre palltica salarial y lar en re1aclón con el servicio serán transmitid.... a través de emplee, en cuanto le es de apllcaclón: Igualmente en sus re.. la vilo jerárquica. . tantes disposiciones no se observa violación a norma alguna Art. 9. 0 Las relaciones de subu'dlnación se desarroll,,!án de derecho necesario, por lo qúe procede su homologación. .sIempre con la misma corrección y dentro de la más estricta Vistas la, disposicioneS citadas ydemé.S de general aplica· di'acipllna. . ción, , Art. 10. Los empleados deberán ejecutar puntualmente las Esta Dirección General acuerda: 6rdenes de servicios que les aean tranemitldas, as! oomo las Instrucciones que les sean dad.... tanto verbalmente como por ' l . · Homologar el III Convenio Colectivo de la Empresa ,Al!. escrito, cumpliendo au cometido con el máJl:1nlo celo, correc· talla y su personal contratado en Espatl.a, haciéndose la adver· tencia de que ello ae entiende sin perjuicio de los efectos pre· ción y exactitud. En todo momento deberán velar por, la aalvaguardia de los venidos en el articulo 5. 0 .2, en relación con el e.· i en el 7.' del Intereses de la Sociedad. Queda ..bsolutamente prohibido a Real Decreto·ley 43/1977, d, 25 de noviembre. """O \,