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Tipo:
Circular de Coordinación
Asunto:
Procedimiento para el intercambio de información
necesaria para la validación de las superficies declaradas
y para la tramitación de la solicitud única 2013
Clave temática:
201/202
Unidad:
Subdirección General de Ayudas Directas
Número:
4/2013
Vigencia:
Campaña 2013-2014 y siguientes
Sustituye o modifica:
Sustituye a la Circular de Coordinación nº 10/2012
Código documento 531106273040547191
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Firmado por:MIRANDA SOTILLOS FERNANDO Fecha: 15/01/2013
SECRETARÍA GENERAL DE
AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
ÍNDICE
Página
1. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS…………………………………………….
2. INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ENTRE COMUNIDADES
AUTÓNOMAS…………………………………………………………….
2.1. Comunidad autónoma gestora de los expedientes……………….
1
1
1
2.2. Comunidad autónoma de ubicación de las superficies…………..
3. PAGO DE PARCELAS UBICADAS EN COMUNIDAD DISTINTA DE
LA GESTORA DEL EXPEDIENTE……………………………………...
3.1. Caso general…………………………………………………………
2
2
3.2. Superficies de frutos de cáscara……………………………………
3
4. INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN CON EL FEGA…………………
4.1. Relación de solicitantes y superficies por regímenes o
utilizaciones……………………………………………………………….
4.2. Superficies situadas en otra comunidad…………………………..
3
4.3. Relación de agricultores con sanciones multianuales……………
4
5. COMUNICACIONES POR MENSAJERÍA ELECTRÓNICA………….
5
6. CONSTANCIA DE ACTUACIONES……………………………………
5
ANEXO I Normativa aplicable……………………………………………
ANEXO II Instrucciones relativas a los registros informáticos
utilizados para el intercambio de información entre comunidades….
ANEXO III Diseño y descripción del registro informático R0 para
enviar los datos generales de la solicitud única……………………….
ANEXO IV Diseño del registro informático R1 (de ida) y del registro
V1 (de vuelta) con los resultados de las validaciones…………………
ANEXO V Diseño y descripción del registro VD de parcelas con
incidencia B………………………………………………………………..
ANEXO VI Modelo de comunicación al FEGA de superficies
situadas en Comunidad distinta de la gestora…………………………
ANEXO VII Direcciones electrónicas de responsables del FEGA y
de las comunidades………………………………………………………
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C/ BENEFICENCIA, 8
28004 - MADRID
TEL:
913476500
FAX:
915219832
1. OBJETO
La presente Circular sustituye a la Circular 10/2012 y tiene por objeto
establecer un flujo de comunicación, entre las comunidades autónomas
gestoras de las solicitudes únicas y las comunidades autónomas en cuyo
ámbito territorial se encuentran las superficies declaradas, que asegure que las
comunidades implicadas disponen, en tiempo y forma, de la información
necesaria para llevar a cabo correctamente las tareas relativas a gestión de
ayudas.
Como Anexo 1 se incluye el listado de normativa aplicable.
2. INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ENTRE COMUNIDADES AUTÓNOMAS
El intercambio de información entre comunidades se realizará en soportes
magnéticos, de acuerdo con las instrucciones que se indican en el Anexo II, y
según diseños de registros informáticos establecidos en la presente Circular.
Cada comunidad enviará a las comunidades restantes:
- la información establecida en el punto 2.1 de esta Circular y,
- cuando no haya lugar a la misma, una comunicación para notificar que no se
han declarado parcelas correspondientes a su ámbito territorial.
En los casos en que las comunidades autónomas no reciban en tiempo y forma
de las comunidades autónomas restantes, la información indicada en el punto
2.1.2. ó la indicada en los puntos 2.2.2. y 2.2.4. de la presente Circular, se
pondrá en conocimiento del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), la
ausencia de dicho envío.
2.1. Comunidad autónoma gestora de los expedientes
La comunidad gestora de expedientes que incluyan parcelas situadas en el
ámbito territorial de otra comunidad, deberá:
2.1.1. Extraer de su base de datos, para facilitar a la comunidad autónoma en
cuyo ámbito estén situadas parcelas declaradas en las solicitudes, la información
correspondiente a los expedientes afectados y a las parcelas de cualquier
utilización, ubicadas en la comunidad autónoma destinataria.
La información a extraer será la comprendida en los campos 1 a 19 del registro
de datos generales y en los campos 1 a 29 del registro de parcelas agrícolas
establecidos ambos en el documento “Contenido mínimo de la base de datos del
Sistema Integrado de Gestión y Control de la solicitud única 2013 (Documento
PAC-2013).
2.1.2. Remitir la información anterior, en ficheros informáticos cuyos modelos y
descripción se indican respectivamente en Anexo III y Anexo IV de la presente
Circular, lo antes posible y en todo caso antes del 15 de junio, al FEGA a través
de la aplicación de la Base de Datos de Ayudas (BDA), para que por este
Organismo, se verifique el diseño de registro y se de traslado a la comunidad
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autónoma a cuyo ámbito pertenezcan las parcelas en cuestión, a la que, en su
caso, se debe facilitar cualquier información complementaria que le sea
requerida.
2.1.3. Comunicar a las comunidades autónomas de ubicación de las parcelas,
aquéllas para las que se requieran controles sobre el terreno. Dicha
comunicación se realizará lo antes posible, una vez efectuada la selección de la
muestra de control.
2.1.4. Dar prioridad a las comunicaciones a los agricultores afectados y adoptar
las decisiones pertinentes para resolver las incidencias detectadas en los
expedientes remitidos por la comunidad autónoma de ubicación de las parcelas,
según se prevé en el punto 2.2.2. Una vez resueltas las incidencias se procederá
de nuevo según lo previsto en el punto 2.1.1., siendo esta información sustitutiva
de la enviada anteriormente, que se remitirá a través de la aplicación BDA
conforme se indica en el punto 2.1.2, a la comunidad autónoma de ubicación de
las parcelas, lo antes posible y en todo caso antes del 30 de septiembre.
2.2. Comunidad autónoma de ubicación de las superficies
La comunidad en cuyo ámbito territorial se encuentren parcelas agrícolas
declaradas en otra comunidad, deberá:
2.2.1. Efectuar las validaciones de las parcelas de su ámbito, de acuerdo con lo
previsto en el Plan Nacional de Controles Administrativos para la campaña de
que se trate, y concretamente la realización de los controles cruzados con el
Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC).
2.2.2. Facilitar, a través de la aplicación BDA del FEGA, a la comunidad
autónoma gestora del expediente, lo antes posible y a más tardar en el plazo de
un mes contado a partir de la recepción de la información prevista en el punto
2.1.1., el resultado de las validaciones administrativas de las parcelas de su
ámbito cumplimentando los campos 30 a 39 del registro informático cuya
descripción se recoge en el Anexo IV. En caso de parcelas con incidencia de
duplicidad B, es decir declaradas por más de un agricultor superando la superficie
SIGPAC, además se enviará un fichero auxiliar según modelo establecido en
Anexo V.
2.2.3. Realizar los controles físicos que le hayan sido debidamente requeridos por
la comunidad autónoma gestora.
2.2.4. Remitir a la comunidad autónoma gestora el resultado de los controles
sobre el terreno, lo antes posible y a más tardar en el plazo de tres meses
contados a partir de la petición de los mismos formulada por la comunidad
autónoma gestora.
3. PAGO DE PARCELAS UBICADAS EN COMUNIDAD AUTÓNOMA
DISTINTA DE LA GESTORA DEL EXPEDIENTE
3.1. Caso general
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Las comunidades gestoras no podrán incluir en los pagos las superficies de
parcelas ubicadas en otra comunidad autónoma, en tanto no reciban de esta
última, el resultado de las validaciones administrativas realizadas y, en su caso,
de los controles sobre el terreno.
3.2. Superficies de frutos de cáscara por las que se solicita la ayuda
nacional
Cuando una comunidad tramite un expediente que contenga parcelas de frutos
de cáscara por las que se solicite la ayuda nacional prevista en el artículo 20
del Real Decreto 202/2012 situadas en el territorio de otra comunidad, la
comunidad gestora del expediente procederá en la siguiente forma:
3.2.1. La comunidad gestora comunicará a la comunidad de ubicación de las
parcelas de frutos de cáscara, la superficie de cada especie solicitada en su
ámbito territorial. A estos efectos, junto con la comunicación enviará una copia
del expediente, en el que se incluyan los datos personales y bancarios del
solicitante. Asimismo, remitirá un certificado en el que se certifique que las
solicitudes han sido presentadas correctamente en los plazos establecidos, o,
en su caso, las incidencias que se hayan podido producir.
Por parte de la comunidad de ubicación de las parcelas se realizarán las
validaciones previstas en el apartado 2.2.1., así como los controles sobre el
terreno previstos en el Plan Nacional de controles de la campaña.
Con los resultados obtenidos, por parte de la comunidad de ubicación de las
parcelas se procederá, si procede, a efectuar el pago de las ayudas nacional y,
en su caso, autonómica.
3.2.2. La comunidad de ubicación de las parcelas de frutos de cáscara, una vez
realizado el pago de la ayuda nacional y autonómica, informará a la comunidad
gestora del expediente del pago realizado.
4. INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN CON EL FEGA
4.1. Relación de solicitantes y superficies por regímenes o utilizaciones
Las comunidades autónomas enviarán al FEGA del 1 al 15 de junio del año de
presentación de la solicitud, la base de datos de solicitantes, indicándose para
cada uno de ellos, los regímenes de ayuda solicitados y las superficies
declaradas para cada régimen u otras utilizaciones.
El envío se realizará a través de la aplicación BDA, a la que se puede acceder
a través de la Web del FEGA dentro del apartado “Aplicaciones de Gestión”.
Se recuerda que el proceso de envío, carga y descarga de ficheros en la
aplicación, deberá hacerse tal y como se describe en el “Protocolo para el
envío de Solicitudes Únicas de Ayuda”, y en el Manual de Usuario, que están
publicados en la Web de este Organismo.
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El diseño de registros de intercambio de información de solicitudes únicas
deberá ajustarse de acuerdo a los modelos que aparecen en los anexos de los
protocolos citados en el párrafo anterior.
El FEGA, recibida la información de todas las comunidades, remitirá a las
mismas el fichero de solicitudes duplicadas, a los efectos previstos en la
Circular relativa al Plan de Controles Administrativos de la Solicitud Única.
4.2. Superficies situadas en otra comunidad
Las comunidades autónomas enviarán al FEGA antes del 15 de junio del año de
presentación de la solicitud, la información sobre solicitudes únicas con
superficies declaradas ubicadas en una comunidad autónoma distinta de
aquella en la que son tramitadas según modelo de cuadro que figura como
Anexo VI de la presente Circular. Esta información podrá ser remitida por
correo electrónico a las direcciones del FEGA que figuran en el Anexo VII.
El FEGA, remitirá a las comunidades autónomas el resultado para todas las
comunidades de la información recibida (Cuadro 17x17).
4.3. Relación de agricultores con sanciones multianuales
4.3.1. Envío de información de deudores al FEGA
Las comunidades autónomas que en el año no tramiten solicitudes de
agricultores cuyos expedientes han sido gestionados alguno de los tres años
anteriores y tengan recuperaciones pendientes en virtud de lo dispuesto en el
artículo 60 del Reglamento (CE) 1122/2009, antes del 15 de septiembre de
cada año, enviarán al FEGA las bases de datos de dichos agricultores, con
independencia del régimen de ayuda origen de la reducción, esto es, con
independencia de si la penalización se produjo por irregularidades en alguna
ayuda por superficie, primas por ganado bovino, prima por ovino y caprino, o
por defecto de superficies forrajeras.
Es decir, la comunidad que debe enviar los datos es aquélla en la que se
originó la sanción multianual, aunque en campañas posteriores la deuda se
haya compensado parcialmente por otra comunidad. En el envío de datos
tendrá en cuenta lo previsto en los puntos siguientes 4.3.2 y 4.3.3.
El fichero es común para primas ganaderas y ayudas por superficie, y constará
de un único registro por agricultor deudor y campaña origen de la deuda.
El envío se realizará a través de la aplicación BDA, a la que se puede acceder
a través de la Web del FEGA dentro del apartado “Aplicaciones de Gestión”.
El detalle del proceso de envío, carga y descarga de ficheros en la aplicación,
deberá hacerse tal y como se describe en el “Protocolo de relación de
solicitantes que han sido penalizados con sanciones multianuales” que está
publicado en la Web de este Organismo. Los registros deberán ajustarse a los
modelos que aparecen en los anexos del protocolo citado.
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4.3.2. Traslado de la información nacional a las comunidades autónomas
El FEGA, integrará en un fichero las bases de datos recibidas y dará traslado
del mismo a todas las comunidades autónomas para su conocimiento y
aplicación de las reducciones económicas que correspondan a las solicitudes
tramitadas en la campaña en curso.
4.3.3. Actualización anual del fichero de deudores
Las comunidades que gestionen solicitudes de ayuda correspondientes a
alguno de los agricultores incluidos en el fichero de agricultores con
recuperaciones pendientes, una vez efectuada la deducción que proceda, lo
notificará a la comunidad de origen para que por ésta se minore o anule la
deuda pendiente, y se tenga en cuenta para actualizar en la campaña
siguiente, el fichero descrito anteriormente.
5. COMUNICACIONES POR MENSAJERÍA ELECTRÓNICA
Las comunicaciones por mensajería electrónica se identificarán en el asunto
del mensaje de la forma siguiente:
AS_13: Contenido del mensaje
Contenido del mensaje: Se indicará de forma concreta, por ejemplo régimen de
ayuda a que se refiere, superficies solicitadas, superficies determinadas,
estadísticas, etc.
6. CONSTANCIA DE ACTUACIONES
Las comunidades autónomas dejarán constancia en sus bases de datos:
- de los resultados de los controles efectuados en la forma prevista en los
Planes de Control Nacionales establecidos para los controles administrativos y
para los controles sobre el terreno.
- de las superficies tenidas en cuenta en las informaciones previstas en el
artículo 4 del Reglamento (CE) 1121/2009. Para cumplimentar este apartado
se computará la superficie constatada en el terreno, en su defecto la superficie
validada y ajustada administrativamente y, si alguna incidencia está pendiente
de resolución, la superficie declarada.
EL PRESIDENTE,
Firmado electrónicamente por
Fernando Miranda Sotillos
DESTINO:
FEGA: Secretario General, Subdirectores Generales, Abogado del Estado e
Interventor Delegado de Hacienda
Comunidades Autónomas: Directores Generales de los Órganos de Gestión,
Presidentes y Directores Generales de Organismos Pagadores.
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ANEXO I
- Reglamento (CE) nº 73/2009, del Consejo, de 19 de enero, por el que se
establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a
los agricultores en el marco de la política agrícola común y se instauran
determinados regímenes de ayuda a los agricultores.
- Reglamento (CE) nº 1120/2009, de la Comisión, de 29 de octubre, que
establece disposiciones de aplicación del régimen de pago único previsto en el
Título III del Reglamento (CE) nº 73/2003 del Consejo.
- Reglamento (CE) nº 1121/2009, de la Comisión, de 29 octubre, por el que se
establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 73/2009, en lo
que respecta a los regímenes de ayuda previstos en los títulos IV y V.
- Reglamento (CE) nº 1122/2009, de la Comisión, de 30 de noviembre, por el que
se establecen normas de desarrollo del Reglamento (CE) nº 73/2003 del Consejo
en lo referido a la condicionalidad, la modulación y el sistema integrado de
gestión y control en los regímenes de ayuda directa a los agricultores
establecidos por este Reglamento, y normas de desarrollo del Reglamento (CE)
nº 1234/2007 en lo referido a condicionalidad en el régimen de ayuda establecido
para el sector vitivinícola.
- Real Decreto 2128/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el sistema de
información geográfica de parcelas agrícolas.
- Real Decreto 202/2012, de 24 de enero, sobre la aplicación a partir del año
2012 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería.
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ANEXO II
INSTRUCCIONES RELATIVAS A LOS REGISTROS INFORMATICOS
UTILIZADOS PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ENTRE
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
A través de la aplicación BDA se enviarán al FEGA los ficheros
informáticos en formato texto que a continuación se indican y que se deberán
denominar en la forma que asimismo se expresa:
Para el envío previsto en el punto 2.1.1. “ficheros de ida”:
Datos generales
BDA_R0CC_XXYYddmmyyyy_nntxt
Datos de los recintos
BDA_R1CC_XXYYddmmyyyy_nntxt
Para el envío de resultados previsto en el punto 2.2.2. “ficheros de vuelta”:
Datos de los recintos
BDA_V1CC_XXYYddmmyyyy_nntxt
Datos de recintos duplicados, con incidencia B
BDA_VDCC_XXYYddmmyyyy_nntxt
Siendo la denominación:
R0 = Datos generales
R1 = Datos de los recintos
V1 = Resultados de los recintos
VD = Recintos duplicados
CC= Cosecha.
XX = Código de la comunidad autónoma gestora del expediente
YY = Código de la comunidad autónoma de ubicación de los recintos.
ddmmyyyy = Fecha del envío del fichero
nn = Campo secuencia que indica el número del envío en caso de más de un
envío.
La BDA generará los correos electrónicos que enviará al FEGA y a las
Comunidades en cuyo texto se deberá identificar el “asunto” en la forma
siguiente:
AS_13: Fichero de intercambio_IDAXX_YY
AS_13: Fichero de intercambio_VUELTAXX_YY
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ANEXO III
DISEÑO Y DESCRIPCION DEL REGISTRO INFORMÁTICO R0 PARA ENVIAR LOS
DATOS GENERALES DE LA SOLICITUD ÚNICA
Campo
Posición Longitud Tipo
Identificación del registro:
Tipo de registro
1
1-3
3
A/N
Año
2
4-7
4
N
Comunidad Autónoma del expediente
3
8-9
2
N
Provincia del expediente
4
10 – 11
2
N
Centro receptor del expediente
5
12 – 14
3
N
Número de expediente
6
15 – 20
6
N
Fecha de Registro
7
21 – 28
8
N
Fecha de Modificación
8
29 – 36
8
N
Letra CIF
9
37 – 37
1
A/N
DNI/CIF
10
38 – 45
8
A/N
Letra NIF
11
46 – 46
1
A/N
Nombre o razón social
12
47-136
90
A/N
Apellido 1
13
137-186
50
A/N
Apellido 2
14
187-236
50
A/N
Calle o plaza
15
237-266
30
A/N
Localidad
16
267-296
30
A/N
Código municipio
17
297-301
5
N
Código postal
18
302-306
5
N
Teléfono
19
307-315
9
N
Datos del solicitante:
Domicilio:
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DESCRIPCION DE LOS CAMPOS DEL REGISTRO DATOS GENERALES
Campo
Descripción
1
Constante "R00"
2
Constante el número con cuatro dígitos de la Campaña.
3
De acuerdo con la siguiente tabla:
01 Andalucía
10 Extremadura
02 Aragón
11 Galicia
03 Principado de Asturias
12 Madrid
04 Illes Balears
13 Región de Murcia
05 Canarias
14 Navarra
06 Cantabria
15 País Vasco
07 Castilla La Mancha
16 La Rioja
08 Castilla y León
17 Comunidad Valenciana
09 Cataluña
4
Código I.N.E. de la provincia de la solicitud.
5
Código del centro receptor del documento formateado con ceros a la izquierda.
6
Número asignado para la provincia, formateado con ceros a la izquierda.
7
Fecha de entrada de la solicitud en el registro correspondiente, con formato DDMMAAAA.
8
Fecha de modificación de la solicitud, con formato DDMMAAAA.
9
Caso de N.I.F. quedará el campo con un cero.
“
“ C.I.F. letra mayúscula (1er. carácter del C.I.F.)
10 Caso de N.I.F. bloque numérico, formateado con ceros a la izquierda, sin puntos ni
otros caracteres especiales.
Caso de C.I.F. bloque completo, incluido carácter alfabético (si existiera), excepto el primer
carácter alfabético que quedara reflejado en el campo 9.
11
Caso de N.I.F. carácter alfabético de control. Caso de C.I.F. quedará el campo en blanco.
12
Mayúsculas, sin acentos ni diéresis y separada cada palabra por un espacio en blanco.
13
Mayúsculas, sin acentos ni diéresis y separada cada palabra por un espacio en blanco.
14
Mayúsculas, sin acentos ni diéresis y separada cada palabra por un espacio en blanco.
15
Calle o plaza donde tiene su domicilio el solicitante, de iguales características al campo 12.
16
Localidad donde reside el solicitante, de iguales características al campo 12.
17
Código de la provincia (dos posiciones) y municipio (tres posiciones) donde reside el
solicitante de acuerdo con la codificación del I.N.E.
18
Se consignará el código asignado por Correos para el domicilio.
19
Número de teléfono del solicitante.
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ANEXO IV
DISEÑO DEL REGISTRO INFORMÁTICO R1 (de ida) y DEL REGISTRO
V1 (de vuelta) CON LOS RESULTADOS DE LAS VALIDACIONES
Identificación del registro:
campo
posición
longitud tipo
Tipo de registro
1
1-3
3
A/N
Cosecha
2
4-7
4
N
Comunidad Autónoma del expediente
3
8-9
2
N
Provincia del expediente
4
10-11
2
N
Centro receptor del expediente
5
12-14
3
N
Número de expediente
6
15-20
6
N
Letra CIF
7
21-21
1
A
DNI/CIF
8
22-29
8
A/N
Letra NIF
9
30-30
1
A
Número de Orden
10
31-35
5
N
Superficie total declarada
11
36-43
8
N
Sistema de explotación
12
44-44
1
A/N
Producto
13
45-47
3
N
Variedad/Especie/Tipo
14
48-50
3
A/N
Tipo de semilla utilizada
15
51-51
1
A/N
Ayuda solicitada
16
52-81
30
N
Nº Almendros
17
82-85
4
N
Nº Avellanos
18
86-89
4
N
Nº Algarrobos
19
90-93
4
N
Nº Nogales
20
94-97
4
N
Nº Pistachos
21
98-101
4
N
en el recinto
22
102-109
8
N
Referencias: Provincia y Municipio
23
110-114
5
N
Agregado
24
115-117
3
N
Zona
25
118-119
2
N
Identificación del solicitante:
Datos de la Parcela Agrícola:
Referencias identificativas:
Superficie declarada
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10
Polígono
26
120-122
3
N
Parcela
27
123-127
5
N
Recinto
28
128-132
5
N
Modalidad de declaración
29
133-133
1
N
Superficie
30
134-141
8
N
Superficie admisible régimen pago único
31
142-149
8
N
Superficie admisible otros regímenes
32
120-157
8
N
Superficie admisible para carga ganadera
33
158-165
8
N
Superficie admisible como pasto permanente
34
166-173
8
N
Código incidencias detectadas
35
174-174
1
N
Uso SIGPAC
36
175-176
2
A/N
Pendiente
37
177-179
3
N
Coeficiente de admisibilidad de pastos
38
180-182
3
N
Observaciones
39
183-202
20
Resultado de los cruces:
Longitud del registro………………………………………….
A/N
202
DESCRIPCIÓN DE LOS REGISTROS:
REGISTRO R1: Campos 1 a 29
Información extraída del registro de parcelas agrícolas (documento PAC- 2012)
y enviada por la Comunidad gestora del expediente.
NOTA: campo 29: Modalidad de declaración: tendrá 2 valores:
0: en los casos en los que la CCAA exige declarar la “superficie bruta” a
efectos del CAP.
1: en los casos en los que la CCAA exige declarar la “superficie neta” a efectos
del CAP.
REGISTRO V1: Campos 1 a 39
Campos 1 a 29: se mantendrá la información del registro R1 remitido por la
Comunidad gestora.
Campos 30 a 39: se cumplimentará por la Comunidad de ubicación de las
parcelas con los resultados de las validaciones realizadas, en la forma
siguiente:
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Campo 30, superficie del recinto SIGPAC: se reseñará la superficie total del
recinto referenciado. Si el recinto no existe se indicará “00000000
Campos 31, 32, 33 y 34: se reseñarán todas las superficies admisibles
existentes en el recinto independientemente de los regímenes de ayuda
solicitada indicados en el Campo 16 y según se indica a continuación para
cada uno de ellos. Los campos para los que no exista superficie se
cumplimentarán con ceros.
Campo 31, superficie admisible Régimen de Pago Único (R.P.U.): se
reseñará la superficie total admisible para el R.P En el caso de superficie de
pastos (PR, PS y PA) se indicará la superficie admisible una vez aplicado el
coeficiente de admisibilidad de pastos (CAP).
Campo 32, superficie admisible para otros regímenes de ayuda: se
reseñará la superficie susceptible de ser considerada admisible para el
régimen solicitado de ayuda, (distinto al Régimen de pago único que figurará
en el Campo 30). En caso de que no exista superficie se cumplimentará con
ceros.
Campo 33, superficie aprovechamiento forrajero: se reseñará la superficie
máxima susceptible de ser considerada como superficie forrajera (tierra arable,
pasto arbustivo, pasto arbolado y pastizal). En el caso de superficie de pastos
(PR, PS y PA) se indicará la superficie admisible una vez aplicado el
coeficiente de admisibilidad de pastos (CAP).
Campo 34, superficie de pasto permanente: se reseñará la superficie
considerada como pasto permanente. En el caso de superficie de pastos (PR,
PS y PA) se indicará la superficie admisible una vez aplicado el coeficiente de
admisibilidad de pastos (CAP).
Campo 35, Código de la incidencia detectada: En el caso de parcelas sin
ninguna incidencia se indicará una K.
En los casos de incidencias, se indicará, según el caso, el código establecido
para la misma en el Plan Nacional de Controles Administrativos.
En los casos de parcelas con incidencia B, es decir que habiendo sido
declaradas por más de un agricultor se supera la superficie del recinto,
además, se enviará un fichero auxiliar de duplicidades VD, según modelo que
figura como Anexo V.
Campo 36, Uso SIGPAC del recinto.
Campo 37, Porcentaje de pendiente. Número entero.
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Campo 38: CAP: Valor del coeficiente expresado en tanto por ciento.
Campo 39 Observaciones: Se utilizará para realizar las indicaciones y
aclaraciones que se consideren oportunas.
NOTA: En caso de que para un mismo “recinto” se hayan solicitado varios
regímenes de ayuda (indicados en el Campo 16), y no sean suficientes los
Campos previstos (31, 32, 33 y 34) para reseñar la superficie
admisible/elegible, se utilizará el Campo 39 “Observaciones” para indicar las
aclaraciones que procedan.
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ANEXO V
DISEÑO Y DESCRIPCIÓN DEL REGISTRO VD DE PARCELAS CON INCIDENCIA B
Campo
TIPO DE REGISTRO: VD
Posición
Longitud
Tipo
1
1-2
2
A/N
Cosecha
2
3-6
4
N
C.A. gestora (a la que se devuelven las validaciones)
3
7-8
2
N
Provincia
4
9-10
2
N
Centro receptor
5
11-13
3
N
Número expediente
6
14-19
6
N
Provincia y municipio.
7
20-24
5
N
Agregado
8
25-27
3
N
Zona
9
28-29
2
N
Polígono
10
30-32
3
N
Parcela
11
33-37
5
N
Recinto
12
38-42
5
N
13
43-44
2
N
Superficie declarada en el recinto SIGPAC por cada solicitud 14
45-52
8
N
Código de producto
15
53-55
3
N
Ayudas solicitadas
16
56-85
30
N
Sistema explotación
17
86-86
1
A/N
Modalidad de la declaración
18
87-87
1
N
Letra CIF
19
88-88
1
A
Bloque
20
89-96
8
N
Letra control NIF
21
97-97
1
A
Nombre/Razón social
22
97-187
90
A/N
Apellido 1
23 188-237
50
A/N
Apellido 2
24
50
A/N
Identificación del expediente:
Referencias SIGPAC:
C.A. distinta a la gestora del Campo 3, y en la que
también se ha declarado la misma parcela.
Identificación del agricultor:
238-287
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Dirección:
Calle y número
25
288-317
30
A/N
Localidad
26
318-347
30
A/N
Código INE Municipio
27
348-352
5
N
Código Postal
28
353-357
5
N
Teléfono
29
358-366
9
N
Longitud del registro………………………………………….
366
DESCRIPCION DE LOS CAMPOS DEL REGISTRO
Campo 1, Tipo de registro: Se indicará VD
Campo 2 a 6 Identificación del expediente de la Comunidad gestora: se
indicarán los datos del expediente de la Comunidad gestora que debe
reseñarse en el Campo 3, y a la que se devuelve este registro de duplicidades
VD con la información de las parcelas que en el registro de validación de
parcelas V1 tienen incidencia B.
Campos 7 a 12 referencias identificativas del recinto SIGPAC: se indicarán
las referencias del recinto.
Campos 13 a 28: se indicará la información relativa a los expedientes
tramitados por otras Comunidades diferentes a la del Campo 3, utilizándose un
registro por cada agricultor, que ha declarado también el mismo recinto
superándose la superficie del mismo.
Campo 18: Modalidad de declaración: tendrá 2 valores:
0: en los casos en los que la CCAA exige declarar la “superficie bruta” a
efectos del CAP.
1: en los casos en los que la CCAA exige declarar la “superficie neta” a efectos
del CAP.
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Y MEDIO AMBIENTE
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15
ANEXO VI
MODELO DE COMUNICACIÓN AL FEGA DE SUPERFICIES SITUADAS EN COMUNIDAD DISTINTA DE LA GESTORA
SUPERFICIES DE SECANO Campaña 2013/2014
Comunidades Autónomas en las que están ubicadas superficies de expedientes tramitados por la Comunidad de ______________
01
ANDALUCIA
02
03
04
06
07
08
09
10
11
ARAGON
P. de
ASTURIAS
ILLES
BALEARS
CANTABRIA
C. la MANCHA
C. Y LEON
CATALUÑA
EXTREMADURA
12
GALICIA MADRID
13
14
15
16
R. de
MURCIA
NAVARRA
P. VASCO
17
LA RIOJA C. VALENC.
Nº de Parcelas
SIGPAC
Nº de Recintos
2
SIGPAC
3 Nº de expedientes
1
4
Superficie total (ha)
SUPERFICIES DE REGADIO Campaña 2013/2014
Comunidades Autónomas en las que están ubicadas superficies de expedientes tramitados por la Comunidad de _______________
01
ANDALUCIA
02
03
04
06
07
08
09
10
ARAGON
P. de
ASTURIAS
ILLES
BALEARS
CANTABRIA
C. la MANCHA
C. Y LEON
CATALUÑA
EXTREMADURA
11
12
GALICIA MADRID
13
R. de
MURCIA
14
15
NAVARRA P. VASCO
16
17
LA RIOJA C. VALENC.
Nº de Parcelas
SIGPAC
Nº de Recintos
2
SIGPAC
3 Nº de expedientes
1
4
Superficie total (ha)
4 La superficie expresada en hectáreas, se referirá a la superficie de los recintos SIGPAC situados en la Comunidad indicada en cada Columna
16
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Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL
DE GARANTÍA AGRARIA
ANEXO VII
DIRECCIONES ELECTRÓNICAS DE RESPONSABLES DEL FEGA Y DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
FEGA
Responsable: MIGUEL ÁNGEL RIESGO PABLO
Encargados del intercambio de información:
CATALINA SANZ SANZ
INES DE FRUTOS USEROS
CC.AA.:
ANDALUCIA:
Responsable: FRANCISCO BULLEJOS PINA
Encargado del intercambio de información:
CARLOS LAMA ZURITA
AMELIA GUERRA LÓPEZ
ARAGON
[email protected]
[email protected]
91.347.48.05
91.347.47.81
[email protected]
95.503.21.17
[email protected]
[email protected]
95 503.20.97
95.503.21.43
[email protected]
[email protected]
976.71.55.43
976.71.55.59
976.71.46.98
JOSECARLOS.GARCIADECASTRO@asturi
985.10.56.39
[email protected]
985.10.93.91
[email protected]
971.17.61.00
17
Código documento 531106273040547191
Validación en www.sede.fega.gob.es
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Teléfono:
91.347.64.66
[email protected]
Responsable: JOSE MANUEL BIENZOBAS MOLINA
Encargado del intercambio de información
ANA BELÉN MARTIN BUIL
JAVIER ESCARTÍN SANTOLARIA
PRINCIPADO DE ASTURIAS
Responsable: JOSÉ CARLOS GARCÍA DE CASTRO
Encargado del intercambio de información:
JESÚS PRESNO PÉREZ
ILLES BALEARS
Responsable: ANTONIO DURA BLASCO
Encargada del intercambio de información:
Correo
[email protected]
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL
DE GARANTÍA AGRARIA
Mª ISABEL DE PRADO BAUTISTA
CANARIAS
Responsable: RAMÓN OROZ ELFAU
Encargado/a del intercambio de información:
BEATRIZ SANCHEZ JUNCAL
CANTABRIA
Responsable: LUIS MIGUEL BLANCO SÁNCHEZ
Encargado/a del intercambio de información:
PAULA MARTÍNEZ BOL
CASTILLA-LA MANCHA
Responsable: AGUSTIN CARBAYO DEL REY
Encargado del intercambio de información
Mª CRIPTANA HUERTAS MUÑOZ-QUIRÓS
CASTILLA Y LEON
Responsable: LAURA SALAS ANTÓN
Encargado/a del intercambio de información:
JOSÉ RAMÓN MARTÍNEZ FERNÁNDEZ
CATALUÑA
Responsable: VALENTI MARCO SANZ
Encargado/a del intercambio de información:
NÚRIA FERRÉ TORRES
EXTREMADURA
Responsable: CRISTINA BARRADAS MUÑOZ
Encargado/a del intercambio de información
JAVIER CADAVAL LÓPEZ
INMACULADA BLANCO AREITIO
GALICIA
Responsable: SANTIAGO VAZQUEZ ABAL
Encargado del intercambio de información:
18
Código documento 531106273040547191
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:MIRANDA SOTILLOS FERNANDO Fecha: 15/01/2013
[email protected]
971.17.61.00
[email protected]
922.20.65.50
[email protected]
922.20.94.71
[email protected]
942 20 78 90
[email protected]
942 20 82 61
[email protected]
925.28.89.26
[email protected]
925.26.89.54
[email protected]
983.41.98.05
[email protected]
983.41.98.06
[email protected]
93.304.67.44
[email protected]
93.304.67.00
[email protected]
924 01 12 72
[email protected]
[email protected]
924 00 2727
924 01 1286
[email protected]
981.54.62.62
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL
DE GARANTÍA AGRARIA
ANTONIO ARMESTO PÉREZ
MADRID
Responsable: ANA ISABEL GALAN PARDO
Encargados del intercambio de información:
DOLORES CAMPA RODRIGUEZ
REGION DE MURCIA
Responsable: MANUEL PIQUERAS GARCIA
Encargado/a del intercambio de información:
Mª del MAR RIQUELME NAVARRO
NAVARRA
Responsable: ELENA MINA CIAURRIZ
Encargado del intercambio de información:
Mª VICTORIA ALDABA GOÑI
PAIS VASCO
Responsable: HUGO MACIA OLIVER
Encargado/a del intercambio de información
ASIER BARRENETXEA GONDRA
EDURNE GABILONDO ARBULU
LA RIOJA
Responsable Mª JOSÉ SORIANO VASALDÚA
Encargado/a del intercambio de información
ROBERTO ARROYO DE GRANDES
LUZ REPES ESPINOSA
COMUNIDAD VALENCIANA
Responsable: MARTA PONCE GONZÁLEZ
Encargado/a del intercambio de información
NOELIA GARRIGÓS PÉREZ
ENRIQUE CULLA PEÑARROCHA
19
Código documento 531106273040547191
Validación en www.sede.fega.gob.es
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[email protected]
981.54.63.88
[email protected]
91.580.19.27
[email protected]
91.580.17.37
[email protected]
968.36.83.56
[email protected]
968.36.28.57
[email protected]
848.42.64.18
[email protected]
848426151
[email protected]
945.01.63.26
[email protected]
[email protected]
945.01.99.54
945.01.63.26
[email protected]
941.29.16.06
[email protected]
[email protected]
941.29.16.08
941.29.11.00
[email protected]
96.318.41.23
[email protected]
96.318.41.03
[email protected]
96.318.41.39
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Y MEDIO AMBIENTE
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