Download 27/99 REFERENCIA: Expte. Nº1270-061/99. VISTO
Transcript
27/99 REFERENCIA: Expte. Nº1270-061/99. VISTO: El expediente de la referencia, por el cual se eleva la Homologacion de un Convenio suscripto entre la Direccion Genera l de cultura y Educacion de la Pci a . de Bs. As. Y la Municipalidad del Pilar, y CONSIDERANDO Que el mencionado Convenio se su scribe en el m arco del progr am a Red Solidaria de la Cultura Bona erense, consistiendo en la entrega de un equipo de computacion al solo efecto de ser utilizado en r ecibir y nutrir de in form acion cultura l sobre activida des a desarrollar en el Di strito. Por todo ello, este Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona la siguiente: ORDENANZA ARTICULO 1º: Homologuese el Convenio suscripto en el marco del programa Red solid aria de la Cultura Bonaerense, entre la Direccion General decultur a y Educ acion de la Provincia de Buenos Aires y la municipalidad del Pil ar, cuyo tecxto luce a fs. 2 y se incorpora como Anexo I a la presente Ordenana. ARTICULO 2º: Pase a D.E. a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 8 de abril de 1999. ORDENANZA Nº: 27/99 COPIADO FS: CONVENIO Entre la Direccion General de Cultura y Educacion de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Pilar En el marco del Programa RED SOLIDARIA DE LA CULTURA BONAERENSE Entre la Direccion General de Cultura y Educacion de la Provincia de Buenos Aires, reprensentada en este acto por el Sr. Subsecretario de Cultura Don Piero De Benedictis por una parte, y por la otra, la Municipalidad de Pilar, representada por el Sr. Intendente Don Alberto Juan Alberini, pasa a firmarse el presente Convenio: ARTICULO 1°: La Direccion General de Cultura y Educacion de la Provincia de Buenos Aires, entrega a la Municipalidad de Pilar un equipo de computacion que consta de un Monitor (Serie N° MX80254465); un CPU (serie N° MX 80820594); un Teclado (Serie N° M971235640) u un Mouse (Serie N° LZB4777114). ARTICULO 2°: El equipamiento entregado por la Direccion General de Cultura y Educacion de la Provincia de Buenos Aires, lo son al solo objeto de ser utilizados en el Programa Red Solidaria de la Cultura Bonaerense. ARTICULO 3°: Los equipos suministrados a la Subsecretaria de Cultura, son patrimonio de la Direccion General de Cultura y Educacion de la Provincia de Buenos Aires, debiendo ser devueltos cuando la misma asi lo requiera. ARTICULO 4°: Los equipos se entregan en perfecto estado de funcionamiento y uso. En caso de producirse fallas o anomalias en el mismo se debera proceder de acuerdo a las normativas que se fijan en el manual del usuario provisto a cada operador. ARTICULO 5º: Se debera solicitar autorizacion al area de Soporte Tecnico para la instalacion de sofware adicional en el equipo. ARTICULO 6°: La instalacion del equipo debera realizarse de acuerdo a las instrucciones establecidas en el manual del usuario. ARTICULO 7°: En el marco de la Red Solidaria de la Cultura Bonaernse, sera deber de la Subsecretaria de Cultura de Pilar controlar la llegada del correo electronico dos veces al dia y asimismo nutrir a la Red de toda informacion cultural sobre actividades a desarrollar en el Distrito. ARTICULO 8°: El equipo y software entregados seran utilizados conforme los fines propuestos por el Programa Red Solidaria de la Cultura Bonaerense, sin perjuicio de los usos que redundaren en un aprovechamiento integral de los recursos provistos. ARTICULO 9°: El correo electronico sera utilizado para el cumplimiento amplio y efectivo de los fines propuestos por el programa. ARTICULO 10°: La Subsecretaria de Cultura, publicara la informacion mas destacada que provenga de los Municipios integrantes de la Red Solidaria de la Cultura Bonaerense. 27/99 Pilar, 14 de abril de 1999 VISTO: El expediente de la referencia, por el cual se eleva la Homologacion de un Convenio suscripto entre la Direccion Genera l de cultura y Educacion de la Pci a . de Bs. As. Y la Municipalidad del Pilar, y CONSIDERANDO Que el mencionado Convenio se su scribe en el m arco del progr am a Red Solidaria de la Cultura Bona erense, consistiendo en la entrega de un equipo de computacion al solo efecto de ser utilizado en r ecibir y nutrir de in form acion cultura l sobre activida des a desarrollar en el Di strito. Que ante lo expuesto el Honorable Concejo Deliberante sanciona Ordenanza Nº 26/99, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA ARTICULO 1º:Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Nº 27/99, cuya parte dispositiva dice: ARTICULO 1º: Homologuese el Convenio suscripto en el marco del programa Red solid aria de la Cultura Bonaerense, entre la Direccion General decultur a y Educ acion de la Provincia de Buenos Aires y la municipalidad del Pil ar, cuyo tecxto luce a fs. 2 y se incorpora como Anexo I a la presente Ordenana. ARTICULO 2º: Pase a D.E. a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 8 de abril de 1999. ARTICULO 2º: Dese al Registro Municipal, intervenga la Subsecretaria de Cultura, notifiquese por intermedio de Prensa, pase donde corresponda , con las debidas constancias, ARCHIVESE. DECRETO Nº: 703/99 COPIADO FS: CORRESPONDE AL EXPTE. NRO. 1270-061/99 CONVENIO Entre la Direccion General de Cultura y Educacion de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Pilar En el marco del Programa RED SOLIDARIA DE LA CULTURA BONAERENSE Entre la Direccion General de Cultura y Educacion de la Provincia de Buenos Aires, reprensentada en este acto por el Sr. Subsecretario de Cultura Don Piero De Benedictis por una parte, y por la otra, la Municipalidad de Pilar, representada por el Sr. Intendente Don Alberto Juan Alberini, pasa a firmarse el presente Convenio: ARTICULO 1°: La Direccion General de Cultura y Educacion de la Provincia de Buenos Aires, entrega a la Municipalidad de Pilar un equipo de computacion que consta de un Monitor (Serie N° MX80254465); un CPU (serie N° MX 80820594); un Teclado (Serie N° M971235640) u un Mouse (Serie N° LZB4777114). ARTICULO 2°: El equipamiento entregado por la Direccion General de Cultura y Educacion de la Provincia de Buenos Aires, lo son al solo objeto de ser utilizados en el Programa Red Solidaria de la Cultura Bonaerense. ARTICULO 3°: Los equipos suministrados a la Subsecretaria de Cultura, son patrimonio de la Direccion General de Cultura y Educacion de la Provincia de Buenos Aires, debiendo ser devueltos cuando la misma asi lo requiera. ARTICULO 4°: Los equipos se entregan en perfecto estado de funcionamiento y uso. En caso de producirse fallas o anomalias en el mismo se debera proceder de acuerdo a las normativas que se fijan en el manual del usuario provisto a cada operador. ARTICULO 5º: Se debera solicitar autorizacion al area de Soporte Tecnico para la instalacion de sofware adicional en el equipo. ARTICULO 6°: La instalacion del equipo debera realizarse de acuerdo a las instrucciones establecidas en el manual del usuario. ARTICULO 7°: En el marco de la Red Solidaria de la Cultura Bonaernse, sera deber de la Subsecretaria de Cultura de Pilar controlar la llegada del correo electronico dos veces al dia y asimismo nutrir a la Red de toda informacion cultural sobre actividades a desarrollar en el Distrito. ARTICULO 8°: El equipo y software entregados seran utilizados conforme los fines propuestos por el Programa Red Solidaria de la Cultura Bonaerense, sin perjuicio de los usos que redundaren en un aprovechamiento integral de los recursos provistos. ARTICULO 9°: El correo electronico sera utilizado para el cumplimiento amplio y efectivo de los fines propuestos por el programa. ARTICULO 10°: La Subsecretaria de Cultura, publicara la informacion mas destacada que provenga de los Municipios integrantes de la Red Solidaria de la Cultura Bonaerense.