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Anexo B – Interligação Espanha – França 3.1.6 Garantía de las capacidades asignadas Los OS garantizarán la disponibilidad de las capacidades asignadas en la forma y con los límites que se establezcan, salvo en caso de Fuerza Mayor. Los OS asegurarán esta garantía mediante acciones de redespacho coordinado en los dos lados de la frontera, permitiendo garantizar el suministro de la energía en destino y su evacuación en origen. Los ingresos provenientes del precio mínimo de oferta constituirán un recurso para cubrir estas acciones. En ese sentido, el precio mínimo puede ser considerado como una garantía de que la capacidad de intercambio asignada lo es de manera firme. En caso de reducción de la capacidad por situación de Fuerza Mayor, los pagos efectuados por el agente por la capacidad que no haya sido puesta a su disposición serán devueltos íntegramente a éste. 3.1.7 Habilitación de los agentes Para poder participar en las subastas, los agentes deberán: - Haber firmado con los OS un contrato de adhesión a las reglas del sistema de subastas para la asignación de la capacidad de intercambio. Y, según el caso: - Disponer de las autorizaciones necesarias, conforme a la reglamentación española, para la importación, exportación o tránsito de energía a través del sistema español. y/o - Disponer de un contrato de exportación, de importación o de ambos para acceder al sistema francés. 3.1.8 Características de las ofertas Las ofertas elementales se caracterizarán por: la identificación del agente que la emite, bloque horario al que se refiere, nivel de potencia (expresado en un número entero de 159